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María Laura Barbosa / Zang, Bergel & Viñes

#ElFuturoDeLaAbogacía
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Por 
María Laura Barbosa
Abogada

La reflexión acerca de cómo fue cambiando la práctica desde que me recibí, me remonta a fines del siglo pasado y al cambio de milenio. No es de extrañar que esta pequeña gran circunstancia tenga un impacto profundo, porque desde la percepción en el tiempo pareciera un largo transcurrir, principalmente cuando uno habla de cambio de siglo, pero  estos 23 años desde que me recibí representan también grandes cambios. Recuerdo que en mis épocas de estudiante, allá por los años noventa, aparecieron los teléfonos celulares e internet, y las redes sociales, con el uso masivo tal como hoy las conocemos, daban sus primeros grandes pasos.

Me recibí en el año 1999 pero no fue hasta el 2001 que me matriculé. La práctica del derecho, que encierra muchas aristas, empezaba en ese entonces por el saber “dónde buscar” aquella información que uno, como profesional, precisa para el ejercicio. Por aquel entonces, enfrentar la contestación de una demanda y estudiar el caso requería indagar en anales de jurisprudencia, y la doctrina sólo estaba disponible en libros de papel que habían escrito aquellos estudiosos del derecho que sentaron muchas de las bases del derecho actual.

 Desde el año 2000 a esta parte, el progreso de la práctica ha sido sistemático e importante y la disponibilidad de herramientas con las que mejorar su aplicación también han evolucionado. En estos 23 años de profesión no sólo he visto cambios en la práctica, principalmente asociados a la era digital y al uso cada vez mayor y frecuente de la tecnología para el desempeño de la tarea diaria, sino también una constante evolución y progresión en las normas que hacen y definen el derecho. Cambios, no sólo en la legislación que regula determinadas áreas de práctica, como el área laboral, impositiva, cambiaria, entre otras, sino también, en el derecho de fondo, citando como ejemplo paradigmático la unificación del Código Civil y Comercial de la Nación sancionado en octubre de 2014 con vigencia a partir de 2016.

El derecho de fondo se ha mantenido en constante mutación, en procura de mejorar derechos existentes o incluso crear nuevos derechos, llenando aquellas lagunas legales de las que se hablaba en mis épocas de estudiante (y estimo esta práctica continuará por los siglos de los siglos). Estas modificaciones, al menos a mi parecer, han derivado en una constante y necesaria actualización normativa y doctrinaria por parte de los profesionales del derecho y, consecuentemente, una mayor especialización en diferentes áreas de práctica que la que existía antaño. Si bien el conocimiento de las normas de fondo es indispensable, la segmentación en las áreas de práctica es cada vez más profunda, lo que exige una mayor especialización para su ejercicio, avizorando que esta tendencia se va a mantener e incluso profundizar. Y en este aspecto, donde lo inabarcable impera, la tecnología ha cumplido un rol fundamental, pasando de lo analógico a lo digital, creando herramientas que facilitan el acceso a la información, la administración de datos y su accesibilidad.

El mayor impacto y la “revolución” en la práctica, han surgido como consecuencia de la pandemia. Se ha accedido a la virtualidad, donde las conexiones son remotas y las interacciones a través de diferentes dispositivos, donde la presencialidad dejó de ser un requisito excluyente para la resolución de conflictos, para el cierre de transacciones, para la obtención de resultados. Y sí, aún nos estamos acomodando y revisando el impacto post pandemia de esta nueva era donde no sólo la práctica del derecho ha mutado, sino también se ha producido, en aras a la inmediatez que impera en el mundo, una necesidad de mayor eficiencia, eficacia y productividad. No creo que todo tiempo pasado haya sido mejor, y celebro las herramientas que hoy brinda la tecnología y que seguramente seguirán evolucionando y nos permiten transitar este camino del saber en el derecho y su aplicación, pero debo reconocer que me produce cierta añoranza y nostalgia recordar aquellos tiempos en los que la inmediatez en la respuesta no era un requisito y el análisis de la consulta de un cliente o la resolución de un tema judicial requería para la búsqueda de soluciones zambullirse en anales de jurisprudencia y lectura de doctrina en libros y más libros, lo que representaba siempre un bello desafío.

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