Por Andrea Ramírez / Estudio Bragard (Uruguay)
En uno de los hitos más relevantes de la historia reciente del derecho concursal uruguayo, se ha alcanzado y homologado judicialmente un acuerdo transaccional entre la sindicatura y los acreedores de Conexión Ganadera que permitirá a miles de inversores comenzar a recuperar parte de sus créditos en el corto plazo, sin perjuicio de la continuación del proceso concursal y de las restantes acciones tendientes a obtener el recupero del saldo adeudado.
Es importante destacar que el instrumento aprobado no constituye un convenio concursal en los términos tradicionales de la Ley de Concursos, sino un acuerdo transaccional basado en recíprocas concesiones entre las partes, destinado a poner fin a una de las principales controversias que ha atravesado este proceso: la discusión sobre la propiedad del ganado.
Una solución práctica para destrabar el conflicto.
En virtud del acuerdo, los acreedores que reclamaban la propiedad de ganado renuncian a continuar litigando sobre dicho aspecto y aceptan una fórmula de distribución del producido obtenido por la venta del ganado efectivamente encontrado por la sindicatura.
Como resultado:
- Los acreedores que tenían ganado identificado a su nombre percibirán el 33% del valor promedio correspondiente al ganado efectivamente hallado y realizado.
- Respecto del ganado que no pudo ser localizado, esos mismos acreedores cobrarán un 5% de su crédito, al igual que el resto de los inversores.
- Por su parte, quienes contaban con contratos de terneros —sin atribución de propiedad sobre ganado específico— percibirán también un 5% de sus créditos.
De esta forma, el acuerdo pone fin, para quienes adhirieron, a la controversia relativa a la titularidad del ganado y permite avanzar hacia una distribución efectiva de fondos.
Un nivel de adhesión excepcional.
Para que el acuerdo pudiera prosperar era necesario alcanzar una adhesión mínima del 85% de cada uno de los grupos involucrados: tanto de los acreedores con reclamos de propiedad sobre ganado como de aquellos que no los tenían.
Ese objetivo no solo fue alcanzado, sino ampliamente superado. Se obtuvieron más de 3.600 adhesiones, lo que representa porcentajes superiores al 90% en el grupo de bonos ganaderos y superiores al 86% en el grupo de terneristas, reflejando un respaldo masivo a la solución propuesta.
Un trabajo conjunto sin precedentes.
Uno de los aspectos más destacados de este proceso ha sido el trabajo coordinado entre la sindicatura, la Liga Comercial y un grupo de abogados representantes de inversores —entre ellos nuestro estudio, Bragard Abogados— para elaborar un texto que contemplara los intereses de los distintos colectivos involucrados.
Posteriormente, ese esfuerzo se extendió a más de 200 colegas patrocinantes de acreedores con diferentes modalidades contractuales, incluyendo bonos ganaderos, contratos de terneros, pool ganadero y engorde, quienes colaboraron activamente para explicar el alcance y las ventajas de la propuesta a sus respectivos clientes.
Este trabajo interdisciplinario y colaborativo permitió construir una solución consensuada en beneficio del interés colectivo de los damnificados, superando diferencias individuales en favor de un objetivo común: acelerar la recuperación de activos para los acreedores.
Un precedente de relevancia para el derecho concursal uruguayo.
La homologación judicial del acuerdo representa un acontecimiento de especial importancia. No solo se trata de uno de los concursos más complejos y de mayor magnitud de los últimos años en Uruguay, sino que además demuestra que es posible alcanzar soluciones negociadas que permitan destrabar conflictos patrimoniales altamente controvertidos.
Asimismo, el acuerdo permitirá que los acreedores comiencen a percibir parte de sus créditos antes de cumplirse dos años desde la apertura del concurso, una circunstancia poco frecuente en procesos concursales de esta envergadura.
El concurso continúa.
La homologación de las transacciones no implica la finalización del procedimiento concursal. Por el contrario, el concurso seguirá su curso normal y los acreedores conservarán la posibilidad de procurar el recupero del saldo restante de sus créditos mediante la realización de otros activos de la masa y el ejercicio de las acciones civiles y penales que correspondan contra los responsables.
Como siguiente etapa, resta que la sindicatura presente la lista definitiva de acreedores y el inventario de la masa activa, a efectos de verificar que los créditos de quienes adhirieron al acuerdo se encuentren debidamente reconocidos y proceder luego al pago en los términos pactados.
En definitiva, este acuerdo constituye un punto de inflexión en el proceso concursal de Conexión Ganadera. Además de habilitar una recuperación parcial de los créditos en un plazo significativamente menor al habitual, permite dejar atrás una discusión compleja sobre la propiedad del ganado y concentrar los esfuerzos futuros en la identificación y realización de otros bienes que posibiliten maximizar el recupero para todos los damnificados.

