• Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
La CNV flexibiliza los requisitos y límites para la compra de dólares financieros

La CNV flexibiliza los requisitos y límites para la compra de dólares financieros

Por Agustín Cerolini y Dana König I Cerolini & Ferrari Abogados

Mediante la resolución general 988/2023 (la “Resolución”), publicada en el Boletín Oficial el día 14 de diciembre de 2023, la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”) flexibiliza las condiciones para la compra de dólares financieros (dólar MEP y CCL) reduciendo las restricciones impuestas anteriormente para operar estos tipos de cambio.

En ese sentido, la Resolución establece una serie de modificaciones cuyo objetivo, según lo indicado por la CNV, es continuar con la flexibilización de las medidas extraordinarias y transitorias que se habían tomado en momentos de mayor tensión cambiaria.

En consecuencia, en primer lugar, la Resolución unifica los plazos de permanencia vigente (parking) para todos los activos, que quedarán fijados en 1 día hábil entre la compra en pesos y la venta en dólares. Cabe destacar que, anteriormente, había una diferencia de parking para mayoristas y minoristas, de 5 y 2 días, respectivamente.

Por otro lado, retrotrae la prohibición de vender bonos soberanos (AL y GD) con liquidación en dólares por más de 100 mil valores nominales semanales.

Asimismo, deja sin efecto la prohibición de aplicar los dólares obtenidos por la venta de bonos soberanos en otros instrumentos por 30 días.

Por último, la mencionada Resolución retrotrae la obligación que tenían los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyCs) de presentar una declaración jurada semanal con todas las operaciones concertadas en mercados del exterior.