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Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento


Marval O´Farrell Mairal realizó un evento sobre el nuevo Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento en el que funcionarios del ministerio de Producción de la Nación brindaron información detallada sobre los requisitos para encuadrar en el régimen y el alcance de los beneficios que se otorgarán a las empresas que queden comprendidas.

La apertura del primer panel del encuentro, que fue moderado por la socia de Marval María Inés Brandt, estuvo a cargo del secretario de Emprendedores y PYMES del ministerio de Producción de la Nación, Mariano Mayer, quien afirmó que la economía del conocimiento es “uno de los sectores económicos que más potencial tiene en Argentina” porque “hoy se exportan más de 6 mil millones de dólares de economía del conocimiento”, ubicándose como “la segunda o tercera exportación del país”.

“La Ley de Economía del Conocimiento tomó toda la base de la Ley de Promoción del Software e incluyó las propuestas de mejoras que habíamos visto, tales como ampliar sectores y cuestiones operativas de la ley. Además, está pensada para 10 años y tiene herramientas para ir contemplando las nuevas tecnologías que vayan apareciendo”, amplió Mayer.

Al finalizar su exposición, Mayer precisó: “La economía del conocimiento es mucho más que un sector porque tiene un impacto sobre el resto de los sectores de manera transversal. Con esta ley no sólo buscábamos que creciera este sector en sí, que en estos 10 años creemos que se puede pasar 6 mil millones de dólares de exportación a 15 mil millones anuales, sino también los sectores en los que impacta”.

Por su parte, el socio del Departamento de Impuestos de Estudio Marval, Fernando Vaquero, y la directora de Promoción de Servicios basados en el conocimiento del Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación, Florencia Williams, explicaron en detalle el alcance de la ley, su reglamentación y los beneficios tributarios que contempla la flamante normativa.

Destacaron seis beneficios del nuevo régimen: estabilidad fiscal, beneficio en contribuciones patronales, bono de crédito fiscal, reducción de la alícuota del Impuesto a las Ganancias, exclusión y retenciones del IVA, y el pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias por gravámenes análogos retenidos en el exterior.