El pasado 27 de agosto, la Comisión “Compliance Penal Estratégico” de la Asociación Argentina de Ética y Compliance, dirigida por Hernán Munilla Lacasa y Vicente de Palacios, organizó una reunión en la que contó con Alberto Mendoza y Mariano Ezeyza, directivos de la UIF, como speakers, quienes se refirieron a la flamante normativa que convierte a los abogados en sujetos obligados (a informar a dicho organismo).
El interés que generó la reunión estaba descontado, porque dicha normativa (art. 20 inc. 17 de la ley 25.246 y RG nº 48/24 UIF) pone en cabeza de los abogados una serie de exigencias, con las cuales obviamente no están familiarizados, y cuyo incumplimiento prevé severas sanciones. Entre los temas analizados merece destacarse el relativo al delicado límite existente entre asesoramiento y deber de informar, en tanto lo primero está alcanzado por el secreto profesional, obligación fundamental que deben observar los abogados para no incurrir, incluso, en la comisión de un delito contemplado en el Código Penal.
Fueron muchísimas las inquietudes transmitidas por la audiencia, conformada principalmente por abogados, lo que le permitió proponer, al Dr. Munilla Lacasa, la necesidad de constituir mesas de trabajo con la UIF y los abogados, representados por los Colegios de Abogados y la FACA, con la finalidad de seguir analizando y discutiendo el alcance de la normativa y sugerir aquellas modificaciones que se consideren convenientes.