Por Hernán Munilla Lacasa
El metaverso (web 3) está entre nosotros. Ya existe. Es real. Aunque necesite algunos años más para acomodarse.
Platón, un adelantado, en su famosa alegoría sobre la caverna habla de imágenes (sombras) proyectadas sobre la pared que eran vistas como la realidad por las personas que habitaban en su interior, aunque ellas no supieran que la realidad era otra.
Dos mil quinientos años después ciertos aspectos del Metaverso se parecen a la famosa caverna. Hay empresas que proponen experiencias similares y ya mismo están ocurriendo cosas dentro de este mundo virtual, que podrían repercutir o reflejarse en nuestras vidas de manera positiva o negativa.
Concretamente, el Metaverso es un espacio donde las personas interactúan a partir de representaciones de sí mismos (avatars), que pueden guardar o no relación con sus aspectos de la realidad analógica y se desenvuelven en entornos tan variados como la imaginación sea capaz de concebirlos.
El filósofo y periodista Tomás Balmaceda lo define como un espacio inmersivo e interactivo generado por computadora y que puede tomar diversos aspectos y formas.
En este mundo virtual que propone el Metaverso (en verdad pueden ser muchos) los avatars, que aún no tienen autonomía propia plena (aunque tal vez pronto la tengan) podrían ya mismo afectar bienes jurídicos tutelados por el derecho penal.
Para poner algunos ejemplos: discursos de odio, promoción de la corrupción, instigación a cometer delitos, apología de delitos, ataques sexuales, en tanto las víctimas utilicen chalecos hápticos destinados a intensificar la realidad virtual (transmisión de sensaciones mediante electrodos de alta conductividad que usan impulsos eléctricos), como ocurrió con un caso reportado en un portal especializado (https://www.hoycripto.com/metaverso/Metaverso-suma-casos-de-acoso-y-violencia-sexual-delitos-de-odio-y-teorias-de-conspiracion--20220617-0008.html).
En rigor son las personas de carne y hueso, en la realidad analógica, quienes manejan los avatars. Es decir, son instrumentos que sirven a quien los guía o conduce. Salvando las dificultades probatorias, que imaginamos complejas, quienes deberían ser responsabilizados son las personas que están detrás de estas figuras animadas por la tecnología. En tales casos, ya mismo podría actuar el derecho penal.
Sin embargo, también sería posible sostener que actualmente los avatars son capaces de desplegar otros comportamientos reprochables que no podrían ser punibles, por no adecuarse a ningún tipo penal. Tal el caso, entre otros, de los delitos contra la propiedad (salvo excepciones), contra el honor y ciertos abusos sexuales, como los sufridos por ciertos avatars en el Metaverso de Horizon Venues y de Horizon World (https://tn.com.ar/tecno/novedades/2022/05/31/el-avatar-de-una-investigadora-fue-violado-en-el-metaverso-de-meta-y-se-encienden-las-alarmas).
Estas lagunas de punibilidad, empero, no pueden subsanarse sin una reforma integral de las partes General y Especial del Código Penal, como asimismo del Código Procesal Penal, destinada a incluir este novedoso mundo virtual y a sus protagonistas, quienes, como es fácil suponer, pueden afectar diversos bienes jurídicos dignos de tutela penal. Se necesita una reforma porque existen principios esenciales y muy arraigados, como los de legalidad, tipicidad, culpabilidad, prohibición de analogía, ultima ratio, entre otros, que deben ser respetados.
Un buen punto de partida sería intentar definir qué son los avatars para el mundo jurídico. ¿Son cosas, tienen valor económico, son sujetos de derecho, son datos? Igualmente cabría preguntarse, ¿quién juzgará sus conductas, avatars jueces y avatars fiscales, o los magistrados que ya existen en el mundo analógico? Y algo más, ¿tiene que intervenir siempre el derecho penal?
En fin, habría mucho más para decir sobre el Metaverso y mucho más se irá escribiendo, porque la tecnología nos ha sumergido, y ya no hay marcha atrás, en un mundo virtual que obviamente también es real, el cual reclama que, sin demoras, vayamos proponiendo y encontrando respuestas a tantos interrogantes. Los abogados, sin ser los únicos, estamos llamados a desempeñar este desafiante rol.