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INFORME ESPECIAL

TRIBUTARISTAS

En un país donde la economía es protagonista principal desde hace muchos años, las novedades en materia tributaria son, en muchas casos, variables medulares del mercado.
¿Cómo es trabajar en esa rama del derecho?
Quisimos conocer la realidad del mercado en voz de sus protagonistas.

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Alfredo Agustín Bisero Paratz

BPGR Abogados

¿Cuál es el estado actual del mercado en materia de abogados tributaristas?, ¿es posible contratar y capacitar abogados de la especialidad?
En general el mercado legal argentino ha estado siempre ávido de abogados especialistas en derecho tributario, aduanero o previsional, tanto para asesorar como para litigar. En materia de asesoramiento, la incidencia de los tributos en cualquier operación torna ineludible que cualquier estudio que aspire a una asistencia legal integral cuente con un especialista en la materia. En lo contencioso, la especificidad de las normas involucradas que, además de tener un fuerte correlato económico, se modifican constantemente, exige contar con profesionales idóneos.
Esta demanda permanente de abogados tributaristas está suplida en parte con una amplia variedad de cursos de posgrado en derecho tributario. Si bien estos programas aportan un conocimiento teórico sistematizado, lógicamente dejan en manos del profesional la profundización de estos conocimientos a través de la aplicación práctica, lo que no siempre ocurre.
La situación en las provincias es algo más limitada, puesto que la oferta educativa especializada es esporádica y el ejercicio profesional tiene una tendencia a la formación práctica de abogados generalistas en detrimento de las especializaciones profesionales.
En este contexto, la contratación de abogados de la especialidad es una tarea bastante ardua para los grandes estudios de la ciudad de Buenos Aires y aún más difícil en las provincias. En muchos casos, se contratan profesionales recién recibidos y con algunas materias de grado o algún posgrado, y se completa la capacitación dentro de las firmas y a través de la práctica profesional.
¿Cómo es la interacción entre los tributaristas y los restantes abogados o profesionales en ciencias económicas?
El derecho tributario tiene una nota distintiva, que es la autonomía respecto a otras ramas del derecho. Esta autonomía se traduce en la existencia de institutos y de mecanismos de interpretación de hechos y del derecho cuyos orígenes y fundamentos residen en la economía y en las finanzas. Esta autonomía del derecho tributario conforma un paradigma que representa un desafío para los abogados tributaristas a la hora de interactuar con abogados de otras especialidades, cuyas ramas se rigen por principios diferentes a los del derecho tributario. El éxito de esa interacción reside en la capacidad de no olvidar los principios generales del derecho y de poder tender puentes con los abogados especialistas en otras ramas, explicando aquellos principios y enfoques propios (sobre todo los económicos) que muchas veces modifican y hasta desvirtúan estructuras y diseños jurídicos.
Algo similar sucede con los profesionales en ciencias económicas, que cuentan con gran capacidad técnica y práctica en materia impositiva, pero que, en algunos casos, adolecen del conocimiento de los principios constitucionales y legales que iluminan el derecho tributario como cualquier otra rama del derecho. Nuevamente, las interacciones positivas se logran cuando tanto abogados tributaristas como contadores tienen la amplitud y capacidad para aprender y visualizar el fenómeno tributario desde la óptica jurídica combinada con la económica financiera, de manera que uno y otro puedan hacer aportes y compatibilizar estos enfoques en pos de una mejor asistencia a los clientes.
¿Cuál es el futuro de la asistencia legal en materia de derecho tributario?
El futuro de la asistencia legal es indudable e ineludiblemente interdisciplinario. Un verdadero asesoramiento tributario integral y completo, tanto para un negocio como para un litigio, requiere tanto del aporte jurídico como del económico contable.
Lamentablemente, en varios casos son los clientes quienes terminan forzando la asistencia interdisciplinaria cuando someten una consulta controvertida a discusión o a una revisión cruzada entre firmas contables y jurídicas. Al menos en las plazas legales más importantes (como en la ciudad de Buenos Aires), esta interdisciplinariedad se termina logrando por la importancia de los temas a analizar y la capacidad económica de los clientes. En las provincias, la falta de enfoque interdisciplinario es más acentuada, debido a la escasez de abogados tributaritas. En general, son los profesionales en ciencias económicas quienes ocupan la mayor porción de los mercados legales tributarios, lo cual lleva a una pelea desigual con aquellos organismos fiscales que logran tener equipos conformados por ambos tipos de profesionales.
¿Con qué medidas sería posible mejorar el sistema tributario argentino?
Desde ya que nuestro sistema tributario es mejorable, lo que no implica decir que es malo. Es más, en algunos aspectos (por ejemplo, en el impuesto a las ganancias) hasta se podría decir que es relativamente avanzado comparado con el grado de desarrollo de nuestro país y con países de la región.
Las medidas positivas son amplias y variadas si se tiene en cuenta el sistema fiscal federal, que se traduce en la existencia de tres niveles estaduales con capacidad de establecer y recaudar tributos: el nacional, los provinciales y los municipales. Podríamos destacar al menos tres medidas. Primero, sería prudente el incremento de la carga fiscal a través de la mayor generalización y aumento de los llamados impuestos directos (impuesto a las ganancias, impuestos al patrimonio nacionales y provinciales), con la consecuente reducción de la incidencia de los impuestos indirectos (por ejemplo, el impuesto al valor agregado y el impuesto sobre los ingresos brutos).
En segundo lugar, sería bueno para la Argentina que cada nivel estadual tendiera a recaudar los recursos necesarios para su desenvolvimiento, y así lograr lo que se denomina “corresponsabilidad fiscal”. En otras palabras, sería deseable reducir el peso de la coparticipación federal de impuestos en el sistema tributario argentino, lo cual generaría un verdadero federalismo fiscal, donde cada provincia sería responsable de recaudar los recursos que solventen la mayor parte de sus presupuestos.
Finalmente, una mejora inmediata consistiría en la clarificación y uniformidad de criterios en la aplicación e interpretación de tributos. No se está sugiriendo aquí la uniformidad, contraria a la estructura federal de nuestro país, pero sí una coherencia interpretativa, al menos dentro de cada provincia, que permita construir una mayor seguridad jurídica.

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Rodrigo Lema

Bulit Goñi | Lema Abogados

¿Cuál es el estado actual del mercado en materia de abogados tributaristas?
Yo creo que los tributaristas tenemos nuestras características distintivas. Por ejemplo, los que ejercemos la actividad privada y no trabajamos para el Estado,
no nos enfrentamos, no pleitamos entre nosotros, sino contra los fiscos. Compartimos un mercado, competimos en él, tal vez asesoramos al mismo cliente, pero siempre estamos del mismo lado y ante un adversario común (el fisco). Creo que esa característica nos une, nos alienta a compartir actividades académicas, intercambiar información, puntos de vista, etc., y que todo ello nos facilita el ejercicio de una especialización que es muy compleja y está permanentemente sometida a cambios normativos e interpretaciones novedosas. 
¿Cómo es la interacción entre los tributaristas y los restantes abogados o profesionales en ciencias económicas?
Mi experiencia personal en ese ámbito es muy fructífera, fundamentalmente a través de la Asociación Argentina de Estudios Fiscales, donde la interacción se manifiesta no solamente con tributaristas abogados, sino
con profesionales de ciencias económicas, con total naturalidad y fluidez, es enriquecedor sin dudas.
¿Cuál es el futuro de la asistencia legal en materia de derecho tributario?
No es una pregunta que pueda responder con certeza. Seguramente será determinante el futuro del propio derecho tributario, pues la asistencia legal será una respuesta a su evolución.
La transformación digital ha cambiado todos los paradigmas sobre los cuales se estructuraban nuestras vidas y los fiscos están muy preocupados por ello. La actividad internacional en ese aspecto avanza mucho, las iniciativas del Grupo de los 20 (G-20) y de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) son bastantes conocidas, tanto en materia de BEPS, como en la búsqueda de consensos internacionales para evitar la erosión de las bases imponibles y de mecanismos para gravar la denominada “renta digital”, además de encontrar conceptos para redefinir las potestades tributarias de cada país y evitar dobles o múltiples imposiciones. Se habla de “presencia remota significativa”, de redefinición del estándar histórico del “establecimiento permanente”, de “transparencia fiscal”, etc. La Unión Europea (UE) también avanza sin pausa en sentidos similares.
¿Es posible mejorar el sistema tributario argentino? ¿Qué medidas serían positivas?
En el ámbito interno se han verificado iniciativas para gravar las denominadas “rentas digitales”, tanto en el orden nacional como por parte de algunos fiscos provinciales, pero percibo que las soluciones adoptadas no son las adecuadas. Se trata de encuadrar las nuevas actividades en tributos inadecuados, que se pretenden expandir –con dudosa legitimidad– a través de regímenes de recaudación en la fuente (retenciones/percepciones), fundamentalmente utilizando como agentes de recaudación las entidades bancarias o de tarjetas de crédito.
Los regímenes de recaudación, no tengo dudas, han sido los grandes protagonistas de la transformación de la tributación durante los últimos años, y lo serán cada vez más, en cualquiera de los órdenes (internacional, nacional y subnacional).
El gran desafío es cómo preservar los principales derechos del contribuyente (derecho de defensa, principio de legalidad, igualdad, propiedad, no confiscatoriedad) ante estos cambios, porque los regímenes de recaudación son amados por los fiscos por ser de aplicación instantánea, prácticamente automática. Esto permite captar fondos con gran facilidad, trasladando responsabilidades y costos a los agentes de recaudación, y evitando procesos administrativos o judiciales. 
Los fiscos encuentran enormes ventajas en los regímenes de recaudación. Es mucho más sencillo incluir a un contribuyente en un régimen de recaudación y “quitarle” aquello que el fisco considera que le corresponde (y muchas veces incluso bastante más), que inspeccionarlo y seguir el procedimiento de determinación de oficio con todas las garantías legales que él reconoce a favor del contribuyente. 
El reto que tenemos los abogados es lograr que las garantías constitucionales sigan operando y encontrar alternativas para que los contribuyentes puedan ejercer su derecho de defensa en forma efectiva frente a los regímenes de recaudación. Sin ello, cualquier esquema de planificación fiscal se transforma en papel picado.
Los regímenes de recaudación no se estudian en las universidades, no tienen materias propias en los posgrados ni siquiera se discuten en las legislaturas; sin embargo, son los que marcan el pulso y determinan el día a día de la tributación en nuestro país.
En Tomorrow’s Lawyers, Richard Susskind predijo que, en un futuro cercano, las normas estarán profundamente integradas en nuestros sistemas y procesos. En los distintos foros y publicaciones que se ocupan de la abogacía del futuro, entre ellos AUNO Abogados, se suelen dar ejemplos de esa predicción diciendo que las heladeras o los autos del futuro dejarán de funcionar cuando el comprador no pague la cuota que le corresponda. Ese mismo proceso, en lo que concierne a la tributación, se expresa a través de los regímenes de recaudación (retención/percepción).
El sistema jurídico aún no ha creado respuestas adecuadas a esta problemática. Los jueces aún no han formado una jurisprudencia sólida sobre el tema, y los legisladores no se han ocupado de garantizar mecanismos que aseguren los derechos de los contribuyentes. El desafío de los abogados tributaristas, como dije antes, será encontrar esos caminos, sin los cuales naufragará toda planificación fiscal.

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Javier Malamud

Cerolini Ferrari

¿Cuál es el estado actual del mercado en materia de abogados tributaristas?, ¿es posible contratar y capacitar abogados de la especialidad?
Continúa siendo un mercado muy pequeño si lo comparamos con otras ramas del derecho, pero, en los últimos tiempos, se observa un mayor interés por esta especialidad. Sin duda se puede capacitar a un abogado en esta especialidad, desde cero. Lo importante es que existan las ganas de meterse en este mundo y enfrentarse al desafío que representan los cambios continuos en la regulación fiscal.
¿Cómo es la interacción entre los tributaritas y los restantes abogados o profesionales en ciencias económicas?
La interacción es muy necesaria y muy buena. Cada uno tiene elementos para aportar. Lo más satisfactorio es cuando podemos entrar en conversaciones con colegas abogados, contadores o economistas que nos brindan nuevas visiones y perspectivas a los asuntos que analizamos. Es muy rico el intercambio. Yo lo disfruto mucho.
¿Cuál es el futuro de la asistencia legal en materia de derecho tributario?, ¿cuán profunda es la interdisciplinariedad en la asistencia a los clientes?
La asistencia en el derecho tributario es muy cambiante y depende de muchas variables, tanto internas de nuestro país como externas. La experiencia de los últimos años nos demuestra que realmente migra y se transforma. Sin duda, un asesoramiento interdisciplinario entre diferentes prácticas es un plus que aporta mucho valor agregado. Este fue uno de los focos principales de la apertura del departamento de Impuestos en Cerolini & Ferrari en agosto de este año: enriquecer el trabajo final que ofrecemos en todos los deals en los que intervenimos.
¿Es posible mejorar el sistema tributario argentino?, ¿qué medidas serían positivas?
Sin duda que sí. Pero acá debemos ser conscientes de que el análisis no debe ser solamente desde lo académico, sino teniendo en cuenta la realidad de nuestro país. Cada pieza que se mueve provoca consecuencias directas e indirectas a todo nivel.
En mi opinión, la medida por definición para arrancar a mejorar el sistema es sancionar una nueva ley de coparticipación federal (en deuda desde 1996) que contemple la realidad actual de cada provincia (redefiniendo tributos incluidos y excluidos) y que se trabaje en un mecanismo más automático en la remisión de los fondos, tanto desde nación a provincia, como de provincia a cada municipio. Ello, con un mecanismo serio de control en el cumplimiento de las remisiones y porcentajes respectivos.
Otra de las preocupaciones de las compañías radica en la imposibilidad de aplicar el ajuste por inflación y, de hacerlo, en la exigencia de particionar irrisoriamente el resultado en varios períodos fiscales. Sería necesaria la revisión para posibilitar la aplicación del ajuste por inflación en el balance impositivo de manera automática y no sujeta a determinadas condiciones. Con esto, se evitaría seguir violando principios constitucionales básicos. Hoy en día, se están gravando rentas ficticias de las compañías en un contexto difícil, con pérdidas acumuladas que distan de reflejar ganancia sujeta a impuesto.
A nivel provincial, sería una muy buena medida que se cumpla con las disposiciones del Consenso Fiscal firmado el 16 de noviembre de 2017 y ratificado/modificado el 13 de septiembre de 2018. En especial, que se establezcan y se cumplan con los mecanismos de devolución automática de saldos a favor generados por retenciones y percepciones en un plazo máximo de seis meses. Hoy en día las compañías tienen que recurrir a acciones judiciales para lograr cobrar sus saldos a favor acumulados y, aun así, en muchas oportunidades la demora se traduce en años de espera con la consecuente pérdida en términos reales.
Finalmente, sería muy productivo un acuerdo intermunicipal por cada provincia (que incluya a la totalidad de los municipios de cada jurisdicción) que fije criterios claros de distribución de base imponible para los contribuyentes. De esta forma, las compañías podrían tener mayor seguridad jurídica, claridad y previsibilidad al momento de tener que tributar las tasas de cada uno de los municipios en donde desarrollan actividad, y se evitarían —como sucede actualmente— la disparidad de criterios y la exposición continua a imposiciones múltiples por el mismo ingreso.

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Guido Molinari

Hope, Duggan & Silva

¿Cuál es el estado actual del mercado en materia de abogados tributaristas?, ¿es posible contratar y capacitar abogados de la especialidad?
En los últimos diez o quince años, la especialidad ha dejado de ser una rara avis entre los abogados y, por suerte, cada vez hay más profesionales que deciden especializarse en el tema. Las constantes modificaciones y novedades en el sistema impositivo argentino han generado una mayor demanda de profesionales debidamente capacitados en cuestio-nes tributarias. Los posgrados y las maestrías que se ofrecen en diversas universidades son una herramienta esencial para permitir que ocurra esta capacitación, pues la formación de grado (salvo excepciones) solo ofrece una introducción a la especialidad, en algunos casos. Luego, sin dudas, la capacitación específica dentro de las diferentes ramas del derecho tributario se realiza en el estudio, tratando y estudiando a fondo los temas que surgen en el día a día.
¿Cómo es la interacción entre los tributaritas y los restantes abogados o profesionales en ciencias económicas?
Para los restantes abogados, a veces los tributaristas somos la oveja negra de la familia o los que nacimos para impedir que los negocios ocurran; pero creo que una sana interacción ha permitido no solo que convivamos en armonía, sino que podamos brindar a los clientes un servicio de calidad superior, que no solamente es eficiente desde el derecho común, sino, además, desde punto de vista impositivo (por ejemplo, permitiendo optimizar la carga fiscal, o bien reducir, desde el momento en que se concibe el negocio, el riesgo ante eventuales consecuencias fiscales no deseadas).
Con respecto a los profesionales en ciencias económicas, soy un firme creyente de que la especialidad tributaria es necesariamente interdisciplinaria, así la interacción entre abogados y contadores
no solo es productiva, sino, a veces, imprescindible. Ambos profesionales tenemos casi el mismo conocimiento de la materia, pero una perspectiva totalmente diferente, y, por eso, cuando ocurre esa sana interacción se generan resultados excepcionales.
¿Cuál es el futuro de la asistencia legal en materia de derecho tributario?
Es evidente que la demanda en materia de asesoramiento tributario se encuentra en franco crecimiento. A nivel local, tenemos una de las autoridades fiscales más innovadoras en materia de recaudación, avances conseguidos a través del cruzamiento de información (como consecuencia de los varios y diferentes regímenes vigentes), o bien a través de novedosos cambios legislativos. A nivel internacional, la tecnología y el intercambio de información han llevado a analizar cada vez con más atención cuáles son los aspectos impositivos que deben ser considerados al momento de estructurar un negocio; al punto de analizar con debida atención, con quién conviene hacerlo, dónde y cuándo.
Por su parte, creo que los jóvenes abogados que adviertan esta necesidad, busquen especializarse en un área de alta complejidad y, además, estén dispuestos a capacitarse, podrán intentar obtener ambos títulos: abogado y contador; y serán ellos quienes podrán profundizar esa interdisciplinariedad. Los contadores de raza, al igual que los abogados, seguirán avocándose a los asuntos que los demanden, ya que también existe un mercado para ellos; pero quienes puedan unificar ambas profesiones serán, sin dudas, los que tendrán una ventaja al momento de liderar la asistencia legal en el futuro.
¿Es posible mejorar el sistema tributario argentino?
Sin dudas, todos los sistemas tributarios son mejorables. En nuestro caso, las constantes modificaciones impositivas (impuestos de emergencia que perduran años; impuestos que se deciden eliminar, pero regresan; etc.) traen aparejada cierta incertidumbre jurídica que, sumada a la elevada presión fiscal (la segunda más alta del mundo, según datos del Banco Mundial) desalientan el arribo de diferentes inversiones.
A nivel local, creo que una profunda modificación en el régimen de coparticipación federal de impuestos generaría una mayor equidad en el modo en que se distribuyen los impuestos y, en consecuencia, permitiría readecuar el alcance de los tributos locales por parte de las provincias, que encuentran allí una de sus principales y necesarias fuentes de financiación, pero que elevan notoriamente la presión fiscal total de los contribuyentes. Desde ya, esto requiere un nivel de consenso entre todas las provincias, muy difícil de alcanzar.
Otra medida sumamente positiva radicaría en la unificación y armonización de los procedimientos tributarios locales. A modo de ejemplo, existen cámaras empresarias trabajando en la promoción de un código de procedimiento tributario municipal unificado (o código municipal armonizado) que traería enormes ventajas al momento de realizar cuestionamientos o planteos frente a cualesquiera de los más de 2300 gobiernos locales argentinos

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